En 1940 España se interesó por primera vez ante los nazis por la suerte de los judíos españoles y defendió, durante un tiempo, que no fueran capturados | Lequerica dijo a los nazis que muchos judíos españoles colaboraron con el alzamiento franquista
La noche del miércoles 20 de noviembre de 1940 la diplomacia franquista se interesó por primera vez por la suerte que el III Reich reservaba a los judíos españoles que vivían en los territorios ocupados por Alemania, según desvela un documento secreto alemán capturado por los británicos.
Ocurrió durante una recepción en París -tal vez en la embajada española- en la que por una vez los franquistas abogaron en favor de los perseguidos: ”No son judíos, son sólo españoles”, dijeron los franquistas al jefe del partido nazi en París.
El documento que relata este encuentro está marcado por los británicos con las siglas GFM, acrónimo del Ministerio de Asuntos Exteriores alemán, y su mal estado no permite asegurar quién es su autor, aunque parece seguro que lo escribió Otto Abetz, embajador alemán en París, nombrado por Hitler y al que confirió el rango de consejero político para las autoridades militares alemanas en la Francia ocupada.
Abetz fue un nazi convencido, casado con una francesa, masón, culto y refinado, y en 1949 fue condenado a veinte años de prisión por su papel en la deportación de judíos. Liberado en 1954, murió en 1958 en un extraño accidente de coche.
El origen del documento reside en un encuentro nocturno que el embajador español en París, José Félix Lequerica, montó para que el ministro de Asuntos Exteriores, Ramón Serrano Súñer, conociera a las autoridades alemanas ocupantes y colaboracionistas de Francia.
Al día siguiente, el 21 de noviembre de 1940, Berlín recibió el mencionado informe sobre lo sucedido en legación española: ”El ministro Serrano Súñer, el embajador Laquerica (sic), el primer consejero de embajada Propper y el encargado de negocios en París, De Pinier (nombre apenas legible), así como el cónsul general de París me abordaron por la trascendencia de los decretos contra los judíos. La opinión general es que los decretos no deben afectar a ciudadanos españoles porque no son judíos sino españoles. Dijeron que entre 2.000 y 2.500 judíos españoles residen en los territorios ocupados y que muchos de ellos tienen méritos en la revolución española (guerra civil) por haberla apoyado con dinero. Tanto el ministro de Asuntos Exteriores como el embajador rogaron que se tengan en consideración estas circunstancias”.
El informe nazi permite imaginar que el grueso de la diplomacia española en París rodeó al alemán para preguntarle por las leyes antisemitas. Aquel interés español se incrementó al saberse que el régimen nacionalsocialista acababa de amurallar el gueto de Varsovia, confinando a medio millón de personas.
No obstante, para una correcta aproximación a lo sucedido aquella noche, cabe considerar la distinta trayectoria de cuatro de los protagonistas españoles de la conversación. Por una parte, estuvieron Ramón Serrano Súñer, cuñado de Franco, falangista y pronazi, y José Félix de Lequerica, embajador español, monárquico, golpista y franquista martillo de la resistencia española durante la Segunda Guerra Mundial. Con ellos compartieron la velada Eduardo Propper de Callejón, primer secretario de la embajada, y Bernardo Rolland de Miota, cónsul general de España en París, quienes se caracterizaron por su valiente oposición a la persecución de los judíos.
Ante la insistencia española, el nazi explicó ”que los decretos alemanes se refieren a los judíos de manera general sin que importe su nacionalidad y que todos los judíos extranjeros tienen la obligación de inscribirse en los registros de judíos y, en caso de ser propietarios de un negocio, identificarlo como empresa judía. Es imposible -dijo- excluir a ninguno de ellos de la inscripción en los registros de judíos”. Sobre la identificación obligatoria de los negocios hebreos, el nazi alegó que era ”imposible hacer excepciones a favor de los judíos de determinado país”. No obstante, añadió que la ”Administración Militar estaba dispuesta a examinar a través de las representaciones diplomáticas de los países afectados si algunos casos excepcionales justificaban un trato especial”. Rolland de Miota planteó si el nombramiento obligatorio de controladores no judíos en las empresas que trabajaban con capital judío también se aplicaba cuando se trataba de españoles. Abetz respondió afirmando ”que todos los judíos extranjeros tienen la obligación de inscribirse en los registros de judíos y, en caso de ser propietarios de un negocio, identificarlo como empresa judía”. Aquella conversación impactó al nazi que la sintetizó así para Berlín: ”En resumen, se constata que los españoles tienen un gran interés en proteger a los judíos de nacionalidad española de la aplicación de los decretos alemanes contra los judíos. Parece que estos señores entendieron la explicación de por qué todos los judíos sin excepción están obligados a inscribirse en el registro y qué excepciones son inadmisibles. Aparte de eso, no ven ninguna diferencia entre los conceptos judío y español.Los judíos de nacionalidad española se consideran españoles y no judíos. París, 21 de noviembre 1940”.
Sin embargo, la política española respecto a los judíos no fue nunca clara, lo que acabó por desconcertar a los nazis, que querían cumplir su programa de exterminio sin enfrentarse con España. Infinidad de documentos alemanes ilustran la posición de España, como, por ejemplo, los referentes a la repatriación de españoles judíos residentes en Francia. En uno de estos escritos, de fecha 27 de diciembre de 1943, Eberhard von Thadden, enlace entre Von Ribbentrop y Adolf Eichmann, comentó a su legación en Madrid: ”El Gobierno Español insistió durante las negociaciones que hubo entre 1942 y febrero 1943 en que no estaba interesado en los judíos españoles. Más tarde se autorizó la repatriación de todos los judíos españoles. Repetidas veces, España no cumplió el plazo acordado para su regreso (…). Para los judíos de la parte ocupada de Francia el plazo final para salir del país era el 10 de septiembre. El 9 de septiembre la embajada española pidió una prórroga por tener dudas en algunas cuestiones (…). Ni antes ni después de la expiración del plazo hubo reacción por parte de España o una petición de prórroga, de manera que se suponía que no tenía ningún interés en proseguir la repatriación de judíos españoles. A pesar de ello la expulsión de los judíos españoles no comenzó hasta el 16 de noviembre. Por favor, explique inequívocamente la situación al Gobierno español y recalque que el Gobierno del Reich ha hecho todo lo posible para resolver el problema amigablemente y evitar dificultades. Lo hicimos teniendo en consideración la nacionalidad española (de los judíos) a pesar de que se puede dar por supuesto que todos los judíos tienen una actitud antialemana”.
El robo del embajador
El 10 de agosto de 1944 los maquis asaltaron, entre Poitiers y Angulema, una camioneta de marca norteamericana Ford, matrícula 792TT-9X con bandera española y rótulo de la embajada de España que transportaba efectos personales del embajador en París, José Félix Lequerica. El dirigente falangista se quedó sin ”un reloj de laca rojo marca Regence, dos candelabros de plata, un servicio de Sèvres con la inicial L, un servicio de cristalería de Baracat con la misma inicial, un cuadro de Sert, uniformes y condecoraciones”.